Farmacia y terapéutica
Miembros (Mayo 2019/Mayo 2021)
Presidente
Groiss Buiza, Jorge - FEA Hematología y Hemoterapia. HUB
Secretario
Rangel Mayoral, Juan Francisco - FEA Farmacia Hospitalaria y Jefe de servicio. HUB
Vocales
Berrocal Acevedo, Angela - FEA Medicina Famiar y Comunitaria. C S de Alconchel
Bolívar Perálvarez, Moisés -FEA. Psiquiatría. Coordinador de UHA. HUB
Bravo García-Cuevas, Luis Manuel - FEA Farmacia. HUB
Franganillo Rodríguez, Mª del Mar - Técnico Sistemas de Información Económica y Gestión
Garcia Menaya, Jesus Miguel - FEA Alergologia
Gómez-Ulla Astray, Jacobo - FEA Oncología Médica. HUB
Gonzalez Codero, Marta - FEA Oncología Médica. HUB
González Torres, María Luisa - Farmacéutica de Equipo. EAP San Fernando
Llerena Ruiz, Adrián - FEA Farmacología Clínica. CICAB
Murillo Mirat, Jesús - FEA Urologia
Nogales Muñoz, Maria Nieves -FEA Medicina Intern
Pérez Calderón, Remedios - FEA Alergología. HUB
Pérez García, Venancio - FEA Farmacéutico de Área. Gerencia del ASB
Querol Pascual, Mª Rosa - FEA Neurología y Jefe de sección. HUB
Rodríguez Pérez, María José - FEA Anestesia
Funciones
Reglamento
Revisión 3.0 – Mayo 2008
Definición y fundamentos legales
La Comisión de Farmacia y Terapéutica (CFT) se constituye en el área hospitalaria Infanta Cristina como una de las Comisiones Clínicas y de Planificación, Evaluación y Mejora de la Calidad, siendo además un órgano consultivo de la Junta Facultativa y de la Dirección Médica en el área del medicamento y supone la línea oficial de comunicación entre el cuerpo médico y el Servicio de Farmacia Hospitalaria.
Los antecedentes legales de la expresada Comisión se remontan al año 1972 en que aparece el Reglamento de Régimen, Gobierno y Servicios de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social (Orden del Ministerio de Trabajo de 7 Julio de 1972, B.O.E. del 19), contemplándose la CFT entre los órganos de gobierno y consultivos de los hospitales. Posteriormente, en 1987, se aprueba y publica el Reglamento sobre Estructura, Organización y Funcionamiento de los Hospitales gestionados por el INSALUD, (R.D. de 15 de Abril 1.987, B.O.E. del 16) donde aparece una Comisión Central de Garantía de Calidad de la cual dependerían otras Comisiones Clínicas, entre las cuales está la de «Farmacia y Terapéutica».
Los antecedentes legales de la expresada Comisión se remontan al año 1972 en que aparece el Reglamento de Régimen, Gobierno y Servicios de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social (Orden del Ministerio de Trabajo de 7 Julio de 1972, B.O.E. del 19), contemplándose la CFT entre los órganos de gobierno y consultivos de los hospitales. Posteriormente, en 1987, se aprueba y publica el Reglamento sobre Estructura, Organización y Funcionamiento de los Hospitales gestionados por el INSALUD, (R.D. de 15 de Abril 1.987, B.O.E. del 16) donde aparece una Comisión Central de Garantía de Calidad de la cual dependerían otras Comisiones Clínicas, entre las cuales está la de «Farmacia y Terapéutica».
Objetivos
Hace también casi dos décadas, (Instituto Nacional de la Salud «La Farmacia Hospitalaria en 1980». Madrid, 1982, pag.45) que se preconizaban como objetivos los que siguen, perfectamente adaptables al momento actual:
Para ello, la CFT debe integrar los conocimientos teóricos de profesionales expertos en farmacoterapia y farmacoeconomía con los de los clínicos que finalmente prescriben los medicamentos, analizando y evaluando los problemas que pudiesen surgir, para desarrollar recomendaciones dirigidas a mejorar los tratamientos farmacológicos, y establecer así una línea de comunicación fluida entre el staff, el Servicio de Farmacia Hospitalaria y los órganos de dirección del hospital.
- Aumentar la calidad de la farmacoterapia del hospital para conseguir la máxima adecuación en las indicaciones y la más correcta administración, en aras de obtener la mayor eficacia.
- Garantizar la seguridad en la prescripción y administración de los medicamentos, reduciendo la incidencia de reacciones adversas y efectos yatrógenos en general.
- Conseguir el menor costo de la terapéutica junto con la máxima efectividad y seguridad, esto es, promover el empleo más eficiente de la misma (o con la mejor relación costo/beneficio). A modo de resumen y como objetivo principal se trata de conseguir la más optimizada utilización de los medicamentos a precios razonables, lo que ha dado en llamarse un uso adecuado y racional de la terapéutica.
Para ello, la CFT debe integrar los conocimientos teóricos de profesionales expertos en farmacoterapia y farmacoeconomía con los de los clínicos que finalmente prescriben los medicamentos, analizando y evaluando los problemas que pudiesen surgir, para desarrollar recomendaciones dirigidas a mejorar los tratamientos farmacológicos, y establecer así una línea de comunicación fluida entre el staff, el Servicio de Farmacia Hospitalaria y los órganos de dirección del hospital.
Funciones
Las funciones de la CFT pueden agruparse en cuatro grandes áreas:
Estas funciones generales pueden desarrollarse en funciones específicas de la Comisión de Farmacia y Terapéutica, entre las que se encuentran las siguientes:
- Asesoría a profesionales y equipo directivo, sobre temas técnicos relacionados con la farmacoterapéutica.
- Establecimiento y revisión de la política de utilización de medicamentos en el área hospitalaria, bajo el principio de uso racional.
- El del análisis farmacoeconómico a nivel de la microgestión.
- La educación de profesionales, personal en general y pacientes en temas relacionados con la aplicación y el consumo de medicamentos.
Estas funciones generales pueden desarrollarse en funciones específicas de la Comisión de Farmacia y Terapéutica, entre las que se encuentran las siguientes:
- Actuar de asesora técnica del cuerpo médico y farmacéutico en el empleo, indicación y administración de la medicación, elaborando y/o refrendando protocolos terapéuticos o informes técnicos, que tras ser aprobados por las correspondientes Juntas, podrán tener carácter vinculante.
- Elaborar y actualizar periódicamente la Guía Fármaco-Terapéutica del hospital (GFTH), compendio de la medicación aprobada para su uso en el área hospitalaria, formas de presentación, equivalentes terapéuticos, reglamentos, instrucciones y otros aspectos relacionados con la prescripción y administración de medicamentos (visados de recetas, medicamentos extranjeros, uso compasivo, etc.). Esta GFTH debe sostenerse en los principios de efectividad, seguridad y costo de los medicamentos.
- Difundir la GFTH y promover su utilización en las distintas Unidades Asistenciales y Servicios.
- Establecer indicadores para la evaluación de la calidad de la farmacoterapia, especialmente en los siguientes aspectos:
- Que la mayoría de las prescripciones se adecuen a medicamentos incluidos en la GFTH.
- Que las prescripciones «especiales» se ajusten a la reglamentación recogida en la GFTH.
- Que se utilicen los mínimos fármacos de valor intrínseco no elevado (VINEs), tanto en las prescripciones a pacientes hospitalizados como en las recetas oficiales.
- Que se detecten y señalen los errores de prescripción por exceso o por defecto, por incompatibilidad o interacción, por larga o corta duración, por el uso de la denominada polifarmacia, etc.
- Que se detecten y comuniquen oficialmente reacciones adversas a los medicamentos, empleando la «tarjeta amarilla».
- Que no haya roturas de stocks en medicamentos esenciales.
- Estudiar las propiedades terapéuticas de los nuevos medicamentos, de forma científica, recurriendo a:
- Informes relevantes de asociaciones o grupos solventes, sin ánimo comercial o intereses lucrativos, como Agencias Nacionales del Medicamento, Boletines Terapéuticos independientes, Agencias de Evaluación de Tecnologías Sanitarias, la Colaboración Cochrane, etc.
- Revisiones sistemáticas de la literatura, meta-análisis de ensayos clínicos y otras herramientas de lo que ha dado en denominarse «Medicina Basada en Evidencias».
- Evitar, en lo posible, los informes comerciales de las empresas farmacéuticas.
- Hacer recomendaciones sobre nuevas terapéuticas, tratando de inculcar en los facultativos las razones clínicas, técnicas y de costo en que se fundamentan sus orientaciones, y razonando su inclusión o no en la GFTH.
- Evaluar y proponer medidas de racionalización/adecuación en el uso y administración de los medicamentos, tales como:
- El uso restringido de determinadas medicaciones, en razón de su toxicidad, efectos secundarios graves, indicaciones exclusivas o alto costo.
- El empleo alternativo de determinados principios activos por equivalentes terapéuticos más eficientes, elaborando y consensuando con los prescriptores guías de «intercambio automático».
- La generalización y aceptación de la dispensación bajo unidosis.
- Promover o llevar a cabo estudios de farmacoepidemiología y farmacoeconomía en el área hospitalaria y colaborar en los que se lleven a cabo en el Distrito Sanitario, tales como:
- Estudios comparativos de consumos y en general estudios de utilización de medicamentos.
- Estudios de correlación entre indicación y prescripción, a nivel global y de patologías concretas.
- Estudios de errores en la administración de fármacos.
- Estudios de reacciones adversas y alérgicas.
- Estudios de los medicamentos prescritos al alta hospitalaria y de la información aportada a los pacientes sobre su utilización y seguimiento.
- Estudios sobre aspectos formales de la prescripción: dosis, vía de administración, legibilidad, identificación del prescriptor etc.
- Análisis de los consumos por Unidades y Servicios: evolución, identificación de errores o prescripciones no usuales, desviaciones de los objetivos anuales, etc.
- Análisis de coste-beneficio, coste-efectividad y coste-utilidad.
- Análisis de minimización de costes.
- Elaborar y/o aprobar los stocks de medicamentos en plantas de hospitalización, quirófanos, urgencias y otras unidades, previo asesoramiento de los Servicios correspondientes.
- Conocer e informar de las propuestas de elaboración de fórmulas o preparados normalizados del Servicio de Farmacia.
- Conocer e informar de todo lo concerniente a la adquisición de medicamentos, participando activamente y apoyando al Servicio de Farmacia en la elaboración de los listados con los lotes de principios activos (o grupos terapéuticos por indicaciones) a incluir en los Concursos Públicos y Procedimientos Negociados por Exclusividad que se llevan a cabo para la compra de fármacos en el hospital y en la Comisión de Valoración Técnica que se crea para evaluar las ofertas de los licitadores.
- Participar activamente en la educación de los prescriptores, personal sanitario en general y pacientes, en temas relacionados con los medicamentos, a través de todos los medios a su alcance, tales como:
- Elaboración y difusión de Boletines Informativos («Farmacia Informa») de forma periódica, con contenidos técnicos sobre nuevos medicamentos, modificaciones de la GFTH entre ediciones, temas de interés clínico, etc.
- Sesiones con los Servicios y Unidades asistenciales, para informar de novedades terapéuticas, nuevos programas, seguimientos de consumos, o para establecer guías de intercambio automático por principios equivalentes.
- Cursos de actualización sobre uso racional, estudios de utilización de medicamentos, farmacoeconomía, control de calidad, minimización de errores en la prescripción-administración de fármacos, etc.
- Confección de Guías de Buena Práctica Terapéutica y Vías Clínicas, en consenso con los Servicios y Unidades implicados.
- Elaboración y difusión de folletos informativos para los pacientes sobre cumplimentación de la medicación, peligro de la automedicación y la polifarmacia, etc.
Funcionamiento, actas y periodicidad de las reuniones
La Comisión de Farmacia y Terapéutica se reunirá el primer jueves de cada mes, excepto durante el período vacacional, en sesión ordinaria.
Cuando existan temas de relevancia que se consideren puntuales (aprobación del Informe Técnico del Concurso Público para la adquisición de medicamentos, edición de una nueva Guía Fármaco-Terapéutica, modificación del Reglamento, etc.) podrá reunirse con carácter monográfico y extraordinario a propuesta conjunta de Presidencia y Secretaría.
El lugar de reunión será el Centro de Información de Medicamentos del Servicio de Farmacia del Hospital Infanta Cristina (Planta Semisótano). Las reuniones están previstas en horario de 13:00 a 15:00 horas del día indicado en la convocatoria, señalándose en primera y en segunda convocatoria con media hora de diferencia entre ambas. En caso de inexistencia de quórum en primera convocatoria, será válida la constitución de la sesión con la asistencia de los miembros presentes en segunda convocatoria, siempre que entre estos se encuentre el Presidente o el Vicepresidente. Las convocatorias serán realizadas por escrito, por el Secretario, con una antelación mínima de 36 horas, con designación expresa del lugar, fecha y hora. En la misma figurará el Orden del Día, que deberá contener, al menos, la siguiente distribución:
De cada Sesión, el Secretario debe levantar Acta. Ésta será confidencial en tanto en cuanto no se apruebe por mayoría de los miembros, a partir de lo cual será pública y una copia se remitirá a la Secretaria de la Junta Facultativa, para conocimiento de la misma.
Las decisiones se tomarán por consenso. Si no hay consenso será necesaria la mayoría absoluta, haciéndose constar esta circunstancia en el acta.
En el caso de que existan informes o documentos para debatir o analizar, el Secretario de la Comisión se encargará de hacer llegar a cada vocal una copia de cada documento completo al menos siete días antes de la sesión.
Para ordenar el punto de Ruegos y Preguntas, el Secretario acopiará aquellos que lleguen desde cualquier profesional del staff, siempre por escrito, mientras que los vocales de la CFT los verbalizarán durante la sesión o lo remitirán por escrito al Secretario, en caso de no poder asistir. Sobre este punto se recuerda que no se someterá a votación ningún tema tratado en este apartado, ya que se supone que no ha tenido tiempo de ser tomado en una sensata y serena reflexión individual. En todo caso podrá ser tenido en cuenta para ser considerado como tema a tratar en el Orden del Día de la siguiente o sucesivas sesiones de la Comisión.
El lugar de reunión será el Centro de Información de Medicamentos del Servicio de Farmacia del Hospital Infanta Cristina (Planta Semisótano). Las reuniones están previstas en horario de 13:00 a 15:00 horas del día indicado en la convocatoria, señalándose en primera y en segunda convocatoria con media hora de diferencia entre ambas. En caso de inexistencia de quórum en primera convocatoria, será válida la constitución de la sesión con la asistencia de los miembros presentes en segunda convocatoria, siempre que entre estos se encuentre el Presidente o el Vicepresidente. Las convocatorias serán realizadas por escrito, por el Secretario, con una antelación mínima de 36 horas, con designación expresa del lugar, fecha y hora. En la misma figurará el Orden del Día, que deberá contener, al menos, la siguiente distribución:
- Lectura y aprobación, si procede, del Acta de la sesión anterior.
- Informe de Presidencia y/o Secretaría.
- Inclusiones y exclusiones de medicamentos en la GFTH.
- Propuesta, y en su caso, aprobación, de las adquisiciones de medicamentos para el mes en curso: su valoración.
- Ruegos y Preguntas.
De cada Sesión, el Secretario debe levantar Acta. Ésta será confidencial en tanto en cuanto no se apruebe por mayoría de los miembros, a partir de lo cual será pública y una copia se remitirá a la Secretaria de la Junta Facultativa, para conocimiento de la misma.
Las decisiones se tomarán por consenso. Si no hay consenso será necesaria la mayoría absoluta, haciéndose constar esta circunstancia en el acta.
En el caso de que existan informes o documentos para debatir o analizar, el Secretario de la Comisión se encargará de hacer llegar a cada vocal una copia de cada documento completo al menos siete días antes de la sesión.
Para ordenar el punto de Ruegos y Preguntas, el Secretario acopiará aquellos que lleguen desde cualquier profesional del staff, siempre por escrito, mientras que los vocales de la CFT los verbalizarán durante la sesión o lo remitirán por escrito al Secretario, en caso de no poder asistir. Sobre este punto se recuerda que no se someterá a votación ningún tema tratado en este apartado, ya que se supone que no ha tenido tiempo de ser tomado en una sensata y serena reflexión individual. En todo caso podrá ser tenido en cuenta para ser considerado como tema a tratar en el Orden del Día de la siguiente o sucesivas sesiones de la Comisión.
Metodología de trabajo
La CFT goza de plena autonomía metodológica para realizar sus planteamientos en consonancia con sus objetivos y funciones, dentro del Complejo Hospitalario Universitario de Badajoz y del Servicio Extremeño de Salud.
La CFT debe elaborar y redactar un Reglamento. El Reglamento de la Comisión y sus modificaciones debe ser visado y refrendado por la Junta Facultativa, y el contenido del mismo deberá hacer referencia, al menos, a la siguiente configuración:
La Comisión podrá organizar en su seno las Subcomisiones o Grupos de Trabajo específicos y transitorios que considere oportunos, a los que se incorporen profesionales del hospital o de su área, designados en calidad de expertos en los temas a tratar. Los informes que elaboren deberán ser llevados a la CFT y no tendrán carácter vinculante.
En el desempeño de sus cometidos, la Comisión y sus miembros podrán recabar la información necesaria para llevar a cabo los estudios que se les encomiende, por lo que los citados miembros tendrán acceso a las Unidades asistenciales o administrativas del Centro donde resida la información, con las solas limitaciones que establece la Ley 30/90 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.
La CFT debe elaborar y redactar un Reglamento. El Reglamento de la Comisión y sus modificaciones debe ser visado y refrendado por la Junta Facultativa, y el contenido del mismo deberá hacer referencia, al menos, a la siguiente configuración:
- Definición y fundamentos legales.
- Objetivos.
- Funciones.
- Composición, nombramiento y cese de sus miembros.
- Funcionamiento, actas y periodicidad de las reuniones.
- Metodología de trabajo.
La Comisión podrá organizar en su seno las Subcomisiones o Grupos de Trabajo específicos y transitorios que considere oportunos, a los que se incorporen profesionales del hospital o de su área, designados en calidad de expertos en los temas a tratar. Los informes que elaboren deberán ser llevados a la CFT y no tendrán carácter vinculante.
En el desempeño de sus cometidos, la Comisión y sus miembros podrán recabar la información necesaria para llevar a cabo los estudios que se les encomiende, por lo que los citados miembros tendrán acceso a las Unidades asistenciales o administrativas del Centro donde resida la información, con las solas limitaciones que establece la Ley 30/90 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.